Obtén tu certificado energético con ESGA Estudio
Eficiencia y profesionalidad, atendemos al detalle los expedientes de obtención de certificados de eficiencia energética, asegurando su correcta tramitación ante los organismos públicos en los que representamos a nuestros clientes y sus necesidades, en todo momento.
-
Aumenta el valor de tu propiedad
-
Asesoramiento personalizado
-
Cumple con la legislación vigente
-
Proceso de obtención rápido y eficiente
- Viviendas
- Locales y edificios industriales
- Edificios públicos
- Obra nueva
¿Por qué necesito un certificado energético?
Así se encuentra previsto en España, según el “Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios”. El certificado de eficiencia energética tendrá una validez máxima de diez años, excepto cuando la calificación energética sea G, cuya validez máxima será de cinco años.
Beneficios del certificado energético
El certificado de eficiencia energética de una vivienda o local califica el consumo energético de una vivienda y además propone medidas para mejorar la eficiencia energética de esta. Podríamos enumerar, entre otras: reducción del consumo de energía, ahorro económico, cuanto más alta sea la clasificación de nuestro edificio más interesante a la hora de vender o alquilar, aumenta el valor del inmueble, mejora el medio ambiente, etc.
¿Cómo se clasifica el certificado de eficiencia energética?
Podemos distinguir cuatro clases de certificados:
- Certificado energético de un edificio completo.
- Certificado energético de una vivienda.
- Certificado de un local comercial.
- Certificado energético para obra nueva.
Preguntas frecuentes
Un documento de carácter jurídico que se ha de presentar para verificar la eficiencia energética y sostenibilidad de un inmueble, sugiriendo, en su caso, medidas para su mejoría.
A través de nuestros técnicos es un proceso ágil y sencillo, con atención integral, desde la primera visita al local a certificar hasta su obtención y registro ante el organismo correspondiente.
El pago de tasas se hizo vigente virtud de la Resolución de 2 de junio de 2023, por la que por la que se modifican los anexos de la Orden de 9 de diciembre de 2014, por la que se regula la organización y el funcionamiento del Registro de Certificados Energéticos Andaluces.
En caso de venta o alquiler de un inmueble, es obligatoria su obtención en España desde 2013.
El no registrarlo en aquellos casos en los que está previsto por Ley, puede conllevar la aplicación de las correspondientes sanciones, que oscilan desde los 601 a los 1.000 euros, dada su obligatoriedad.