
RD 164/2025: Nuevo reglamento de protección contra incendios industriales
Desde abril de 2025 está en vigor el nuevo Real Decreto 164/2025, que sustituye al antiguo RD 2267/2004, vigente desde hace más de 20 años. Si tienes una industria, nave, almacén o eres responsable de prevención o mantenimiento, esto te interesa.
Te resumimos lo esencial en pocas líneas:
¿Por qué se cambia el reglamento?
Porque el sector industrial ha cambiado mucho: más automatización, nuevos materiales, mayores alturas y capacidades de almacenamiento. El RD anterior se había quedado atrás.
¿A quién afecta este cambio?
Afecta a todos los establecimientos industriales, nuevos y existentes, incluidos almacenes logísticos, talleres, plantas de producción, etc. También implica a proyectistas, responsables de seguridad, mantenedores y OCAs.
¿Tengo que hacer algo ya?
Sí, especialmente si aún no has revisado la documentación técnica o el estado de tu instalación.El nuevo reglamento ya está en vigor, y muchas industrias están:
- Actualizando su documentación técnica (clasificación del riesgo, planos, PCI…)
- Revisando el estado real de sus sistemas contra incendios
- Preparando informes y registros de cara a las inspecciones periódicas de las OCAs, que
ahora se regulan de forma más detallada y con criterios comunes a nivel nacional (UNE
192005-2).»
Si todavía no has comenzado, conviene realizar una revisión técnica inicial para detectar qué puede afectar a tu actividad y evitar improvisaciones más adelante.
Comparativa general entre el RD 2267/2004 y el nuevo RD 164/2025
Aspecto clave | RD 2267/2004 | RD 164/2025 | ¿Qué cambia para ti? |
Enfoque general | Muy prescriptivo | Basado en análisis de riesgo | Más flexible, pero requiere mayor justificación técnica |
Clasificación de riesgo | Según superficie y tipo de actividad | Añade carga de fuego, altura, disposición | Tu industria podría cambiar de categoría con el nuevo método |
Sectorización | Reglas fijas | Adaptada al riesgo y uso | Puede requerir nuevas compartimentaciones o puertas EI. |
Sistemas contra incendios (PCI) | Requisitos genéricos | Basados en normas técnicas actualizadas | Podría exigirse ampliar o actualizar los sistemas existentes |
Almacenamiento | Tratado de forma genérica | Muy detallado, especialmente si es peligroso | Afecta a estanterías, productos químicos, aerosoles, etc. |
Inspecciones | No exigidas formalmente | Obligatorias según UNE 192005-2 | Habrá que pasar inspecciones periódicas con documentación. |
Soluciones técnicas alternativas | No contempladas | Permitidas si se justifican correctamente | Se pueden aplicar ideas más eficientes, si están bien justificadas. |
Productos de PCI | Limitados a normativa nacional | Abre a productos con marcado europeo | Más variedad, más competitividad, pero deben cumplir requisitos. |
Normas UNE y armonización europea | Escasa referencia | Integración completa | Mayor actualización técnica: más exigente, pero más claro. |
Adaptación de instalaciones existentes | No regulada | Prevista por fases | Se facilita adaptar lo existente sin cambios traumáticos. |
En resumen
El RD 164/2025 no solo modifica algunos criterios técnicos: cambia el enfoque general de la protección contra incendios en el ámbito industrial. La prevención se vuelve más estratégica, más documentada y más exigente, tanto para nuevas instalaciones como para las ya existentes.
¿Qué recomendamos?
– Hacer una auditoría técnica inicial: clasificación del riesgo, estado de los sistemas PCI, documentación, etc.
– Consultar si puedes aplicar soluciones equivalentes o prestacionales que se ajusten mejor a tu actividad.
– Preparar un calendario de inspecciones y mantenimiento documentado, de cara a las futuras visitas de OCA.